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El Ministerio de la Presidencia de Panamá ha emitido una resolución que establece restricciones de acceso a la información relacionada con procesos de arbitraje estatales, tanto a nivel nacional como internacional. La Resolución Nº 159 del 13 de septiembre del 2024, firmada por el ministro de la cartera, Juan Carlos Orillac, fue publicada en la Gaceta Oficial el viernes 13 de septiembre.

En el documento, se establece que toda la información y documentación relacionada con los procesos de arbitraje en los que participe el Estado a través del Ministerio de la Presidencia será de acceso restringido. Esto incluye la información relativa al objeto de la disputa, así como las negociaciones diplomáticas, comerciales o internacionales relacionadas con el proceso arbitral.

La resolución consta de dos artículos. El primero ordena y declara de acceso restringido toda la información y documentación relacionada con los procesos de arbitraje, mientras que el segundo establece que una vez concluido el proceso arbitral, la información podrá considerarse de acceso público, salvo restricciones impuestas por las reglas de arbitraje o acuerdos de confidencialidad entre las partes y el Tribunal Arbitral.

Esta medida busca proteger la confidencialidad y la seguridad de la información relacionada con los procesos arbitrales en los que el Estado panameño esté involucrado. A continuación, se detallan algunos aspectos importantes de esta resolución.

Importancia de las restricciones de acceso en arbitrajes estatales

Las restricciones de acceso a la información en arbitrajes estatales son fundamentales para garantizar la imparcialidad y la confidencialidad de los procesos. En muchos casos, la divulgación de información sensible podría comprometer la posición negociadora del Estado o revelar estrategias legales que podrían perjudicar sus intereses.

Al limitar el acceso a la información relacionada con los procesos de arbitraje, se protege la integridad del sistema de resolución de disputas y se evitan posibles filtraciones que podrían socavar la posición del Estado en las negociaciones. Además, la confidencialidad de la información es crucial para mantener la credibilidad y la eficacia del sistema arbitral.

Impacto en la transparencia y la rendición de cuentas

Si bien las restricciones de acceso a la información pueden plantear preocupaciones sobre la transparencia y la rendición de cuentas, es importante tener en cuenta que estas medidas se aplican con el objetivo de proteger los intereses del Estado y garantizar la integridad de los procesos arbitrales.

En muchos casos, la divulgación de información confidencial podría perjudicar la posición negociadora del Estado o comprometer la confidencialidad de las negociaciones en curso. Por lo tanto, es necesario encontrar un equilibrio entre la protección de la información sensible y la necesidad de transparencia y rendición de cuentas.

Consideraciones legales y regulatorias

La Resolución Nº 159 del 13 de septiembre del 2024 se basa en la Ley 6 de 22 de enero de 2002, que establece disposiciones sobre la confidencialidad de la información en procesos arbitrales. Esta ley reconoce la importancia de proteger la confidencialidad de la información relacionada con los procesos de arbitraje y establece las bases legales para garantizar la seguridad de dicha información.

Además, la resolución hace referencia a las reglas de arbitraje que rigen los acuerdos y declaraciones de confidencialidad entre las partes y el Tribunal Arbitral. Estas reglas son fundamentales para asegurar que la información sensible se mantenga protegida durante el proceso arbitral y se divulgue únicamente una vez que se hayan cumplido las condiciones establecidas.

En conclusión, las restricciones de acceso a la información en arbitrajes estatales son una medida necesaria para proteger los intereses del Estado y garantizar la confidencialidad de los procesos de arbitraje. Si bien es importante fomentar la transparencia y la rendición de cuentas, también es fundamental proteger la integridad y la seguridad de la información relacionada con los procesos arbitrales. La Resolución Nº 159 del 13 de septiembre del 2024 establece un marco legal claro para regular el acceso a la información en este ámbito y garantizar la protección de los intereses del Estado panameño.