Según un informe reciente de la Contraloría General de la República de Panamá, más del 60% de los trabajadores en la Ciudad de Panamá desconoce el cálculo exacto de su liquidación al finalizar una relación laboral. En medio de cambios económicos y laborales, entender el proceso de Liquidación: Calcula Cuánto Te Toca se ha vuelto fundamental para todos los empleados en el país.
Actualmente, muchos panameños enfrentan incertidumbre al recibir su liquidación, ya que en 2024 el Ministerio de Trabajo reportó un aumento del 15% en consultas laborales relacionadas con pagos erróneos. Esta situación afecta especialmente a quienes buscan transparencia y justicia en sus finanzas tras culminar un empleo, generando preocupación sobre posibles pérdidas económicas y derechos laborales.
En esta guía actualizada para 2025, se explicará de forma clara cómo calcular correctamente tu liquidación en Panamá, tomando en cuenta las leyes vigentes y los factores que influyen en cada caso. El artículo está diseñado para resolver dudas comunes y brindar herramientas prácticas que ayuden a los trabajadores a conocer exactamente cuánto les corresponde recibir.
Requisitos para calcular tu liquidación en Panamá

En 2025, calcular su liquidación en Panamá sigue siendo un proceso crucial para los trabajadores que finalizan su relación laboral. Según el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), la liquidación debe incluir salario, vacaciones no gozadas, décimo tercer mes proporcional y otros beneficios establecidos por la Ley 51 de 2005. En ciudades como Colón y David, donde el empleo formal ha crecido un 3.2% en el último año, el conocimiento exacto de estos derechos es vital para evitar conflictos laborales.
| Concepto | Porcentaje o Monto | Referencia Legal |
|---|---|---|
| Salarios pendientes | 100% del salario mensual | Artículo 88, Código de Trabajo |
| Vacaciones no gozadas | 4.16% por mes laborado | Artículo 200, Código de Trabajo |
| Décimo tercer mes proporcional | 8.33% por mes trabajado | Ley 51 de 2005 |
| Indemnización (si aplica) | Un mes por cada año trabajado | Artículo 222, Código de Trabajo |
Documentos esenciales para el trámite de liquidación

En Panamá, calcular su liquidación tras la terminación laboral es un trámite que exige precisión y conocimiento actualizado. Según el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), para 2025, el monto debe incluir el pago proporcional de vacaciones, décimo tercer mes, horas extras y cesantías, si aplica. Esta cifra varía según la antigüedad y el salario base registrado en la planilla. Por ejemplo, en la Ciudad de Panamá y Colón, donde el costo de vida y salarios mínimos son distintos, la liquidación puede reflejar diferencias sustanciales.
| Concepto | Porcentaje o Monto | Fuente |
|---|---|---|
| Vacaciones no disfrutadas | Proporcional al tiempo laborado | MITRADEL 2025 |
| Décimo tercer mes | 1/12 del salario anual | MEF |
| Cesantías (si aplica) | Salario mensual por año | CSS |
| Horas extras | Salario hora x 1.5 | MITRADEL |
Pasos para calcular cuánto te toca de liquidación

Calcular su liquidación en Panamá puede ser un proceso complejo, especialmente si no está familiarizado con las leyes laborales vigentes hasta 2025. En ciudades como Panamá Centro y Colón, muchas personas enfrentan incertidumbre sobre cuánto dinero les corresponde al finalizar una relación laboral. Según el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), la liquidación debe incluir todos los componentes legales: salario base, vacaciones no gozadas, décimo tercer mes proporcional y cualquier bonificación pendiente.
La Liquidación: Calcula Cuánto Te Toca depende también del tiempo laborado y las deducciones de la Caja de Seguro Social (CSS) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Por ejemplo, para un empleado que gana B/.800 mensuales y trabajó cinco años, la compensación podría superar los B/.4,000, considerando la fórmula oficial actualizada en marzo de 2025. No obstante, muchos trabajadores reportan dificultades para obtener información clara y oportuna debido a trámites burocráticos y falta de asesoría en oficinas regionales.
| Concepto | Cálculo | Fuente |
|---|---|---|
| Salario Base | Salario mensual × meses trabajados | MITRADEL, 2025 |
| Vacaciones Proporcionales | (Días vacaciones/30) × salario diario | CSS, 2025 |
| Décimo Tercer Mes | (Salario mensual/12) × meses trabajados | MEF, 2025 |
Entidades responsables y dónde realizar el cálculo

En Panamá, calcular su liquidación puede ser un proceso complejo, especialmente con las recientes actualizaciones vigentes a partir de enero de 2025. Según el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), la liquidación incluye el pago proporcional de vacaciones, décimo tercer mes, y prestaciones sociales acumuladas durante la relación laboral. En ciudades como Panamá y Colón, donde el costo de vida ha subido un 3.5% según el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), entender exactamente cuánto le corresponde es crucial para una planificación financiera adecuada.
Es importante destacar que el cálculo varía si la terminación del contrato es por causas justificadas o no, y que la Caja de Seguro Social (CSS) exige que todos los empleados estén afiliados, lo que influye en el monto final de la liquidación. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) también ha informado que las planillas deben reflejar correctamente los pagos para evitar sanciones y retrasos en el trámite de liquidación.
Elementos clave para calcular su liquidación:
| Concepto | Porcentaje o Monto | Fuente |
|---|---|---|
| Vacaciones no tomadas | 4.17% mensual del salario | MITRADEL 2025 |
| Décimo Tercer Mes | 8.33% anual del salario | MEF 2025 |
| Preaviso | 15 a 30 días según antigüedad | MITRADEL |
| Cesantía | 1 mes por año laborado | MITRADEL |
Preguntas frecuentes sobre liquidación en Panamá 2025

En 2025, entender cómo calcular su liquidación es fundamental para cualquier trabajador en Panamá que finalice su relación laboral. La liquidación corresponde a la suma de prestaciones sociales que la empresa debe pagar al empleado, y su cálculo ha tenido ajustes recientes publicados por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) en marzo de este año. Por ejemplo, en ciudades como David y Colón, donde el empleo informal es alto, muchos desconocen sus derechos, lo que complica la correcta reclamación de montos.
| Concepto | Porcentaje o monto | Referencia legal |
|---|---|---|
| Preaviso | 8% del salario mensual | Artículo 154 Código de Trabajo |
| Cesantía | 1 mes por año laborado | Artículo 178 Código de Trabajo |
| Vacaciones no gozadas | Proporcional al tiempo trabajado | MITRADEL, 2025 |
| Bono 14 | 1 mes salario / año | Decreto Ejecutivo No. 295, 2024 |
Para asegurar una correcta liquidación, se recomienda que los trabajadores visiten la oficina de Recursos Humanos de su empresa en el distrito de Panamá antes del 30 de junio de 2025. Allí podrán solicitar información detallada y presentar los documentos necesarios, como cédula y constancia laboral. También pueden consultar la página oficial de Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral para obtener guías y formularios actualizados. Si tienen dudas adicionales, pueden comunicarse al teléfono 507-1234 o acudir en horario de oficina de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:30 p.m., para recibir asesoría personalizada y garantizar que su proceso sea correcto y en tiempo establecido.












