La Iglesia catĂłlica puede negarse a borrar de sus registros la menciĂłn de un bautismo, prevaleciendo el interĂ©s de la Iglesia en conservar estos datos sobre la voluntad de un particular que desee su supresiĂłn, segĂşn una decisiĂłn del Consejo de Estado consultado. por la AFP el sábado. “El interĂ©s inherente, para la Iglesia CatĂłlica, a la conservaciĂłn de los datos personales relativos al bautismo (…), debe ser considerado como una razĂłn legĂtima imperiosa, prevaleciendo sobre el interĂ©s moral del solicitante” deseando “que estos datos sean definitivamente borrado”, considera el alto tribunal administrativo en esta decisiĂłn dictada el viernes.
En la Iglesia catĂłlica, el bautismo sĂłlo puede recibirse «una vez en la vida de una persona, exigencia que podrĂa verse obstaculizada por la eliminaciĂłn permanente del registro» si la persona interesada desea posteriormente «reintegrarse a la comunidad cristiana», añade. El Consejo de Estado fue contactado por una persona que impugnĂł el hecho de que la ComisiĂłn Nacional para las Informáticas y las Libertades (CNIL) hubiera cerrado su denuncia relativa a la menciĂłn de datos personales que le conciernen y que figuran en el registro de bautismo de la diĂłcesis de Angers.
El Consejo de Estado invoca la posibilidad, para cualquier persona bautizada, de “hacer anotar en el registro su decisiĂłn de renunciar a todo vĂnculo con la religiĂłn catĂłlica”. Dado el carácter “no desmaterializado” de los registros, “los datos sĂłlo son accesibles a los interesados ​​para la informaciĂłn que les concierne, asĂ como a los ministros de religiĂłn y a las personas que trabajan bajo su autoridad”, señala el tribunal. «Estos datos no son accesibles a terceros» y se conservan «en un lugar cerrado», añade.
En 2014, el Tribunal de CasaciĂłn ya habĂa rechazado el recurso de un hombre que querĂa que se eliminara la menciĂłn de su sacramento del registro parroquial. HabĂa considerado que “desde el dĂa de su administraciĂłn y a pesar de su negaciĂłn, el bautismo constituĂa un hecho cuya realidad histĂłrica no podĂa ser cuestionada”.
La decisiĂłn del Consejo de Estado es “interesante” dado que es la primera vez que debe pronunciarse en el contexto de la aplicaciĂłn del Reglamento general de protecciĂłn de datos (RGPD), vigente en Francia desde 2018, señala Nicolas Hervieu, profesor de derecho pĂşblico. “Pero Ă©sta es la posiciĂłn del Consejo de Estado francĂ©s que interpreta el derecho europeo. No es seguro que los Tribunales Supremos de otros Estados de la UE se pronuncien en la misma direcciĂłn”, afirmĂł a la AFP. «Algunos podrĂan potencialmente cuestionar al Tribunal de Justicia de la UE» sobre este punto, pero es «él quien tiene la Ăşltima palabra».














