El Tribunal de Apelación de Quebec se equivocó al utilizar la expresión «juicio secreto» para describir la serie de errores que llevaron al sistema judicial a ocultar al público la existencia de un proceso penal, pero aún debe corregirse el tiroteo, decide el Tribunal Supremo. de Canadá. Por lo tanto, el máximo tribunal del país da la razón en parte a los medios de comunicación y ordena que se publique ahora una versión redactada de la sentencia original de este caso, que permaneció oculta.
El Tribunal Supremo también da instrucciones específicas a los tribunales canadienses para evitar semejante lío en el futuro, que ha “puesto en peligro la confianza pública en el sistema judicial”.
La polémica surgió en 2022, cuando el Tribunal de Apelación de Quebec anuló la condena de un informante de la policía que había estado involucrado en lo que llamó un «juicio secreto». El nombre del juez, los abogados, la policía implicada, el delito imputado, la sentencia solicitada: todo se había ocultado al público, con el pretexto de proteger la identidad de un informante cuya vida podría verse amenazada. El caso ni siquiera habría sido inscrito en el expediente judicial y los testigos habrían sido interrogados fuera del tribunal, según el Tribunal de Apelación, que denunció una manera de hacer las cosas «incompatible con los valores de una democracia liberal».
Una coalición de medios de comunicación, entre ellos La Presse, exigió que se esclarezcan varios detalles de este asunto, manteniendo en secreto la identidad de los acusados.
El viernes, el Tribunal Supremo emitió una sentencia unánime que parece una lección de semántica: si en este caso se ocultaron erróneamente a la población varios elementos, no se trataba necesariamente de un proceso secreto, dictaminaron los magistrados.
“La polémica, surgida tras la publicación de una sentencia del Tribunal de Apelación en marzo de 2022 en la que denunciaba inadvertidamente la celebración de un “juicio secreto”, radica en gran medida en la brecha entre lo que el público sabía y lo que no sabía. , combinado con el efecto de la desafortunada expresión utilizada por el Tribunal de Apelaciones”, señala la sentencia.
“En este contexto, no sorprende, por tanto, que el presente caso […] despierte tanto preocupación como indignación pública. La sola idea de que en nuestra democracia liberal puedan tener lugar “juicios secretos” –es decir, procesos penales de los que no hay rastro– es ciertamente intolerable. Estos casos van en contra de los ideales democráticos queridos por la población canadiense”, afirma la sentencia.
Sin embargo, inicialmente el informante de la policía fue acusado en un tribunal público y su caso avanzó públicamente durante un tiempo, según reveló por primera vez el Tribunal Supremo. Sin embargo, en un momento dado presentó una solicitud de sobreseimiento por su condición de informante policial: se vio acusado de delitos cuya existencia él mismo había revelado a las autoridades como informante, lo que constituía una conducta abusiva por parte de oficiales de Estado.
Fue en ese momento que el juzgado de primera instancia ordenó una sesión total a puertas cerradas sobre todo el asunto e inició un proceso que no dejó rastros. Sin embargo, habría sido perfectamente posible proceder de otro modo, dejando constancia en papel de la existencia de los procedimientos, introduciendo el caso en los autos y publicando una sentencia redactada, subraya el Tribunal Supremo.
“No era necesario que la solicitud de sobreseimiento no apareciera en el expediente y en el expediente de las audiencias judiciales, y que no se le asignara ningún número formal”, afirman los nueve jueces.
Posteriormente, el Tribunal de Apelación de Quebec se equivocó al archivar todo el expediente de apelación, al negarse a publicar una versión redactada de la sentencia y al utilizar la expresión «juicio secreto», continúa el Tribunal Supremo.
Por lo tanto, el expediente será devuelto al Tribunal de Apelación para que, como lo solicitaron los medios de comunicación, elabore una versión de la sentencia de primera instancia redactada con información que permita identificar al acusado, que pueda ser publicada.
El máximo tribunal del país reconoce, sin embargo, que varios datos, como el nombre del juez que conoció del caso en primera instancia, deben permanecer en secreto porque el proceso penal había comenzado públicamente y «debido a la información conocida por el público». En relación con este caso, es probable que esta información se utilice para identificar [al informante policial]”.