La Federación Francesa de Fútbol no autorizará la introducción de descansos durante los partidos que se celebren al atardecer para permitir que los musulmanes rompan el ayuno. En un correo electrónico enviado a los funcionarios, la Comisión Federal de Árbitros (CFA) de la Federación Francesa de Fútbol (FFF) indicó que debido al principio de «neutralidad del fútbol en los lugares de práctica», este arreglo no sería aceptado.

“Se ha llamado la atención de la Federación sobre interrupciones de partidos tras la ruptura del ayuno de Ramadán. Estas interrupciones no respetan lo dispuesto en los Estatutos de la FFF (…)”, indica el escrito precisando que “la Federación y sus órganos descentralizados, como órganos responsables de una misión de servicio público delegada por el Estado, defienden los valores fundamentales de la República Francesa y debe poner en práctica los medios que permitan prevenir cualquier discriminación o ataque a la dignidad de una persona debido en particular (…) a sus convicciones políticas y religiosas”.

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Desde el miércoles 22 de marzo hasta el viernes 21 de abril, algunos musulmanes en Francia observarán el Ramadán. Este ayuno puede tener un impacto en la práctica y el rendimiento deportivo ya que prohíbe a los practicantes comer o beber hasta la puesta del sol. Sin embargo, el impacto del Ramadán se limita a unos pocos partidos, ya que a nivel amateur, la gran mayoría de los partidos tienen lugar a primera hora del día. Algunos partidos de la Ligue 1 y divisiones inferiores pueden verse afectados por esta situación.

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Si la Federación Francesa de Fútbol planteó el tema es principalmente porque el fútbol inglés ha decidido ofrecer a los jugadores la oportunidad de comer este año. Los árbitros de la Premier League y divisiones inferiores podrán neutralizar un juego por unos momentos después del atardecer para permitir que los jugadores coman y beban.

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La FFF quería recordaros que el incumplimiento de estas instrucciones podría dar lugar a sanciones. “Quien infrinja estas disposiciones será objeto de un proceso disciplinario y/o penal”, se lee en el correo electrónico recordando la prohibición de “discursos o publicaciones de carácter político, ideológico, religioso o sindical” durante sus competencias.