Un sistema que se está quedando sin fuerza. En diez años, nada menos que cuatro leyes han reformado el sistema de penas y su ejecución en Francia para hacer de la prisión la excepción y las soluciones alternativas la regla. Lamentablemente, como todos los demás, el Tribunal de Cuentas constata que esto no ha cambiado la situación: la superpoblación carcelaria está alcanzando nuevos máximos, con 74.000 presos para 60.000 plazas. En los centros de prisión preventiva, esos establecimientos por los que pasan todo tipo de delincuencia, la tasa de hacinamiento alcanza el 143%.
El Tribunal de Cuentas ve varias razones para ello: “contrariamente a la intuición, la política penal se ha vuelto particularmente más dura entre 2000 y 2019, ya que la pena de prisión aumentó de 54.000 a 90.000 horas, un aumento del 70% en los últimos veinte años y del 20% en el procesamiento. tasa”, subrayan en sustancia los sabios de la calle Cambon. Una situación ligada, según ellos, a “la extensión de la red penal. “Para resumir, hasta los años 70 había muchos actos por los que no éramos condenados y por los que ahora imponemos una pena de prisión suspendida”, como infracciones de tráfico, violencia doméstica o violencia contra las fuerzas del orden, reconoce un centro penitenciario. jefe. A esto se suman, según el Tribunal de Cuentas, las consecuencias de un uso cada vez mayor de la comparecencia inmediata, que da lugar a sanciones más severas.
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Por último, la sociología de los presos juega a favor de esta superpoblación penitenciaria: el Tribunal de Cuentas insiste en el hecho de que dos tercios de los que salen de prisión padecen un trastorno psiquiátrico y que tres cuartas partes padecen una adicción. Sesgo ideológico o simple control, el Tribunal de Cuentas no recuerda que hoy el 25% de los detenidos son extranjeros, frente al 18% antes del Covid y el 7% en los años 1980.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas, que considera que, a la vista de las encuestas de victimización, la delincuencia no es peor que antes – lo suficiente como para hacer temblar a muchos expertos -, estima que el plan de 15.000 plazas de acogida en la prisión de Emmanuel Macron no cambiará nada. Por un lado, porque los planes anteriores demostraban que todas las plazas estaban cubiertas sistemáticamente. Luego, porque es muy complicado maximizar las tasas de ocupación debido a las limitaciones de la prisión preventiva, pero también a la multiplicación de poblaciones específicas que requieren alojamiento exclusivo, como los detenidos ultraviolentos, los radicales islámicos o los delincuentes sexuales. La primera víctima, en cierto modo, es la gran masa indistinta de presos que se benefician “menos de recursos adicionales”.
De hecho, el Tribunal de Cuentas constata el fracaso de todas las medidas reglamentarias aplicadas durante los últimos veinte años para luchar contra el hacinamiento carcelario. “El número de encarcelamientos aumenta al mismo ritmo que las medidas alternativas sin efecto sustitución”, señala el informe del Tribunal de Cuentas. Una constante en la historia penitenciaria, ya que los estudios europeos del Consejo de Europa SPACE I y SPACE II muestran, año tras año, una correlación entre las tasas de encarcelamiento y libertad condicional.
Para los sabios de la calle Cambon, este fracaso de las medidas reglamentarias se debe también al “techo de cristal de la adaptación de las penas, con jueces que favorecen el encarcelamiento de una población marcada por la reincidencia y la precariedad”. Sin embargo, ¿son eficaces? El Tribunal de Cuentas ya señala las preocupantes distorsiones en las tasas de reincidencia entre las del Ministerio de Justicia y las de la administración penitenciaria: mientras el primero se conforma con un 11% de reincidencia, el segundo supera con creces el 60%. Si bien el Tribunal de Cuentas recomienda revisar los instrumentos estadísticos de la Cancillería, no propone el estudio -nunca realizado- que mediría los efectos exactos de estos ajustes de penas sobre la reincidencia. Está en juego la acción de los servicios de integración y libertad condicional que el Tribunal de Cuentas anima a evaluar, pero sólo para quienes trabajan en prisión y, lamentablemente, no en un entorno abierto.
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Este último ya deplora “los preparativos para la liberación y la reintegración, que siguen siendo débiles”. «La doctrina de los servicios de integración y libertad condicional ya no se adapta a la realidad de los flujos penitenciarios». El tribunal denuncia la ruptura que existe entre los directores del establecimiento y estos servicios de libertad vigilada, sin llegar a proponer someterlos a su autoridad. De manera más general, el Tribunal los alienta a volver a centrarse en la adquisición de derechos fundamentales: sociales, vivienda, salud, alfabetización. Otro eslabón débil del sistema, la liberación de la detención: la enorme complejidad procesal de la ley de sentencia, la extrema jurisdiccionalización – pasando por el juez – que está ligada a ella, impide cualquier trabajo de “individualización” que supuestamente permitiría la reintegración. Especialmente por las sentencias breves que siguen siendo el talón de Aquiles de todo el sistema.