Philippe Bruneau y Jean-Yves Mercier son presidente y vicepresidente del think-thank Cercle des fiscalistes.
En el reciente informe que presentó al gobierno, el economista Jean Pisani-Ferry recomienda que parte de los recursos necesarios para financiar el asombroso costo de la adaptación de nuestro país a los objetivos ambientales, se obtengan mediante la imposición de un impuesto excepcional y temporal sobre la activos financieros del 10% más rico de los franceses, hasta 5 mil millones de euros por año. Las personas elegidas como objetivos son, a sus ojos, aquellas con la mayor huella de carbono.
En su edición del 24 de mayo, Le Monde concluye su editorial sobre este grave problema de financiación con las siguientes consideraciones. “No se trata de ceder una vez más a la tentación de hacer del aumento de impuestos el alfa y el omega de las políticas públicas, sino de recurrir a él ad hoc, cuando las circunstancias sean excepcionales y por una causa la utilidad pública del cual no sufre debate. En 1995, en vista de la calificación de Francia para integrar el euro, el gobierno de Juppé había introducido temporalmente una tasa impositiva más alta para permitir que el país se mantuviera por debajo del fatídico umbral del 3% de déficit. Sus sucesores, Lionel Jospin y Jean-Pierre Raffarin, lo eliminaron gradualmente. ¿Es la transición climática un tema menos importante que el éxito del euro?” Implícitamente, el diario marca su inclinación por el restablecimiento de una subida del impuesto de sociedades. Lo decidido en 1995 fue del 10%.
Estas dos propuestas están abiertas a serias críticas.
Para alcanzar su rentabilidad esperada de 5.000 millones de euros, la aportación que se exigiría a los hogares más ricos, que suman 1,7 millones (el 10% de los 17 millones de hogares que pagan IRPF), rondaría de media los 3.000 euros anuales por hogar. El ISF, cuyo rendimiento era del mismo orden para un impuesto que englobaba el valor de los inmuebles, sólo afectaba a unas 500.000 personas. El impuesto sobre el patrimonio inmobiliario que entró en vigor en 2018 tiene solo 175.000 contribuyentes. Por lo tanto, podemos ver que la contribución prevista representaría una versión en gran parte democratizada de la última ISF. Para los sujetos pasivos de las IFI, nuevamente llamados a contribuir con el valor de sus activos financieros, se estaría señalando un retorno puro y simple a la situación que prevalecía antes de 2018.
Esta contribución sería fundamentalmente viciada porque su responsabilidad estaría ligada al monto de la renta sujeta al impuesto sobre la renta, mientras que su finalidad sería muy diferente, a saber, gravar el valor de los activos financieros del titular de esta renta. Así, los ahorradores jubilados con activos financieros significativos que no generan renta imponible (contratos de seguros de vida, valores mantenidos a través de la PEA, ahorros de los empleados, etc.) escaparían si su renta imponible es modesta. Los jóvenes activos de alto rendimiento del grupo objetivo se verían inexorablemente afectados por los activos financieros que buscan acumular, por ejemplo, para financiar la compra de su residencia.
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Es de suponer que la aportación prevista no escatimaría la inversión en valores empresariales y, por tanto, iría directamente a contracorriente de los incentivos fiscales destinados a orientar el ahorro hacia la financiación de la economía productiva. Salvo para desestabilizar nuestro tejido económico, la exención reconocida, bajo la influencia de la ISF, se renovaría necesariamente para los valores que constituyen activos profesionales. Debe recordarse, sin embargo, que esta exención se refería únicamente a los socios gerentes. Una restricción que, en el caso de sociedades con participación familiar, mantenía a los socios no ejecutivos sujetos a una carga fiscal que muchos no podían hacer frente. Si la puesta en marcha de la aportación prevista pusiera de nuevo de manifiesto esta dificultad, cabe imaginar que la vía del exilio fiscal volvería a atraer muchos adeptos.
La lista de dificultades que hemos identificado no se queda ahí, ni mucho menos. Baste señalar aquí que la adición de un impuesto anual sobre el valor de los activos financieros a los impuestos (IR y cotizaciones a la seguridad social) que gravan las rentas anuales de estos activos sería susceptible de aumentar la deuda tributaria de determinados contribuyentes en un paso a nivel de la zona a partir de la cual el impuesto adquiere carácter confiscatorio y, por tanto, incumple los requisitos constitucionales. Por lo tanto, sería necesario instituir, además de la contribución, un método satisfactorio de limitar el monto de dicha contribución…
En cuanto a la idea de que las empresas sujetas al impuesto de sociedades financien el plan climático mediante una aportación adicional al 25% del impuesto de sociedades al que actualmente están sujetas, no parece que pueda ofrecer lo esperado. maná a largo plazo. Nos complace señalar, como lo señaló recientemente el Ministro de Cuentas Públicas, Gabriel Attal, que la relajación de la tasa de CIT que se ha producido desde 2019 – caída de esta tasa de 33 1/3% a 31 %, a 28%, al 26,5% y luego al 25% desde 2022- ha ido acompañada de un fuerte aumento de la rentabilidad de este impuesto. El presupuesto había recaudado 65.000 millones de euros por este concepto en 2019 y los ingresos alcanzaron los 85.300 millones de euros en 2022. Una de las principales explicaciones del fenómeno es que las empresas no dudan en exteriorizar sus resultados cuando saben que el impuesto les va a tocar en cara. moderar la tasa y adoptar la actitud opuesta cuando esta tasa aumenta. Someter a las empresas a una contribución adicional simplemente corre el riesgo de contraer la masa de los resultados declarados hasta el punto de que el presupuesto del Estado finalmente no obtenga ningún beneficio neto de la operación.
Apostemos a que el gobierno se abstendrá de aumentar aún más la carga sobre los contribuyentes.